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ESTOS SON LOS 35 MUNICIPIOS BONAERENSES DEL AMBA CON AISLAMIENTO SOCIAL MÁS ESTRICTO

admin by admin
junio 28, 2020
in Locales
ESTOS SON LOS 35 MUNICIPIOS BONAERENSES DEL AMBA CON AISLAMIENTO SOCIAL MÁS ESTRICTO
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El Gobierno Bonaerense informó que son 35 los distritos de la zona metropolitana que ingresarán a partir del próximo miércoles a una nueva fase más estricta del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la
pandemia de coronavirus, mientras que el resto de los municipios de la provincia continuarán como se encuentran en la actualidad.
LOS MUNICIPIOS AFECTADOS
El comunicado oficial señala cuáles son los municipios que ingresan a Una nueva fase más restrictiva en virtud de su situación sanitaria y cercanía con los principales focos de contagio: Almirante Brown,
Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó y José C. Paz.
La medida rige desde 1º hasta el 17 de julio próximo también para La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.
El gobierno provincial consignó que en esa región del AMBA «se mantendrán en funcionamiento los sectores industriales que ya se encontraban habilitados en cada distrito tales como Industrias esenciales
tales como alimentación, medicamentos y equipamiento médico, entre otras».


LAS 24 ACTIVIDADES ESENCIALES
Con el objetivo de controlar los casos de COVID-19 en Argentina y según el anuncio oficial estas son las 24 actividades esenciales autorizadas para la nueva etapa de la cuarentena en el AMBA.

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  1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad
    migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico
    aéreo
  2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales,
    municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y
    trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la
    Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar
    actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
  3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las
    autoridades competentes.
  4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno
    argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones

Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

  1. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que
    necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a
    adolescentes.
  2. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  3. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y
    cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen
    reunión de personas.
  4. Personas afectadas a la atención de comedores escolares,
    comunitarios y merenderos.
  5. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación
    audiovisuales, radiales y gráficos.
  6. Personal afectado a obra pública.
  7. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de
    proximidad: Farmacias, Provisión de garrafas. Se mantendrán abiertos,
    Higiene y limpieza, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas) y se
    mantiene permitido el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos,
    productos de higiene, de limpieza y otros insumos de primera necesidad».
  8. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de
    higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos,
    vacunas y otros insumos sanitarios.
  9. Actividades vinculadas con la producción, distribución y
    comercialización agropecuaria y de pesca.
  10. Actividades de telecomunicaciones, Internet fija y móvil y servicios
    digitales.
  11. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  12. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos,
    peligrosos y patogénicos.
  13. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas,
    comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  14. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo,
    combustibles y GLP.
  15. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de
    higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  16. Servicios de lavandería.
  17. Servicios postales y de distribución de paquetería.
  18. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  19. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de
    Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de
    Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica,
    combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de
    combustibles y generadores de energía eléctrica.
  20. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de
    caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA
    REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el
    funcionamiento del sistema de pagos.
    También, las empresas productivas que «operen dentro de parques
    industriales o zonas industriales planificadas; establecimientos de
    proceso continuo y las firmas vinculadas a los sectores de exportación».
    En todos los casos, «el funcionamiento de dichas industrias se debe
    realizar con transporte propio y estrictos protocolos sanitarios, de
    funcionamiento y de fiscalización por parte de los municipios».
    TRANSPORTE URBANO:
    Funcionarán interdistrital e inter jurisdiccional, «sólo se permitirá el
    acceso a los trabajadores y trabajadoras de las actividades y servicios
    esenciales».
    También dispuso que solamente podrán circular en transporte propio
    «aquellos trabajadores y trabajadoras esenciales de las actividades y
    servicios permitidos», y se anticipó que habrá «controles estrictos en
    autopistas, estaciones y vagones de trenes y colectivos».
    EL INTERIOR
    El gobierno bonaerense informó, además, que, «pese a ser considerados
    municipios del AMBA, permanecerán en FASE 3 los distritos de carácter
    semi-rural y con buenos indicadores sanitarios, como Brandsen,
    Campana, Cañuelas, Exaltación de la Cruz y Zárate».
    En cuanto al interior bonaerense, «los distritos que hayan tenido casos
    autóctonos en los últimos 21 días estarán en Fase 4 y, los que no, en fase
    5, diagrama que se actualiza todos los lunes de acuerdo con la situación
    epidemiológica».

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