ANTICIPO. Se conoció este fin de semana la decisión de la Junta Electoral del Partido Justicialista Nacional por el cual se establece “el nuevo cronograma electoral oportunamente aprobado por el Consejo Nacional Federal actualmente en ejecución y la modificación dispuesta el 02 de abril por este cuerpo”. Por eso, POLITICA 2000 da a conocer el siguiente documento de significativa repercusión partidaria y en el orden nacional del panorama político:
Es la RESOLUCIÓN N°4 del 10 de Agosto de 2020
Continúan las consideraciones diciendo:
• Que persiste en el país la grave situación sanitaria mundial que motivó que el PEN oportunamente resolviera en todo el país el aislamiento social preventivo y obligatorio a través de distintas disposiciones;
• Que concomitantemente la Corte Suprema de Justicia dispuso la realización de una feria extraordinaria que se extiende durante el plazo que el PEN resuelva prorrogar las condiciones de aislamiento social obligatorio en atención a la situación epidemiológica (CSJN acordadas 6 y 8/ 2020);
• Que el 26 de marzo pasado el órgano judicial revisor de este proceso electoral se hizo eco de las resoluciones del Superior y amplió los plazos para el cumplimiento de términos judiciales en materia electoral (CNE acordada 6/ 2020);
• Que no obstante la situación sanitaria de público conocimiento el proceso electoral interno viene ejecutándose dentro de los términos previstos primero por el Consejo Nacional Federal y modificados luego por este cuerpo habiéndose aprobado mediante resolución N°3 los padrones de electores.
• Que con fecha 31 de Agosto de 2020 vence el plazo de presentación de listas, candidatos y avales;
• Que el aislamiento social descripto afecta el desenvolvimiento de los partidos políticos y particularmente de los procesos electorales internos así como las actividades necesarias para poder cumplir con los términos del cronograma electoral lo que implica que los afiliados puedan munirse de los elementos necesarios para cumplir con la presentación de listas, avales respaldatorios, etc. Que resultan pasos cruciales del procedimiento.
• Que esta emergencia hace materialmente imposible que los afiliados participantes de la JUSTA puedan cumplir adecuadamente con los términos del actual cronograma que requiere en esta etapa la participación personal de los mismos por lo que corresponde que esta Junta reformule el cronograma electoral a efectos de continuar con el proceso de renovación interno de autoridades oportunamente convocado facilitando la participación del cuerpo de afiliados en el mismo;
• Que distintos agrupamientos de afiliados han solicitado a las autoridades y a esta Junta una prórroga de fechas del Cronograma Electoral en ejecución;
• Que la persistencia temporal de este cuadro sanitario podría obligar a una nueva prórroga de los términos del cronograma electoral por parte de esta Junta;
• Que la Carta Orgánica partidaria faculta a este cuerpo para ello (Carta Orgánica partidaria artículo 28);
• POR ELLO
LA JUNTA ELECTORAL DEL
PARTIDO JUSTICIALISTA NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar el nuevo Cronograma Electoral que como Anexo 1 forma parte de la presente, el cual quedará indefectiblemente supeditado a las condiciones epidemiológicas y sanitarias imperantes en el país y a las determinaciones que eventualmente disponga el Poder Ejecutivo Nacional al momento de su efectiva ejecución.
ARTÍCULO 2°: Publíquese en el sitio web del partido consignándose fecha y hora de su publicación.
Hace saber también el PJ Nacional entonces qué CRONOGRAMA determina el Anexo 1 de esta Resolución N°4
*ARTÍCULO 18°: VENCIMIENTO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LISTAS, CANDIDATOS Y AVALES. Fecha de vencimiento o plazo: Lunes 16 de noviembre de 2020.
- ARTÍCULO 19°: VENCIMIENTO DEL PLAZO DE EXHIBICIÓN DE LISTAS Y CANDIDATOS E IMPUGNACIÓN DE LOS MISMOS. Fecha: Martes 17 de Noviembre de 2020.
*ARTÍCULO 20°: VENCIMIENTO DEL PLAZO DE REEMPLAZO DE CANDIDATOS IMPUGNADOS. Fecha: Miércoles 18 de noviembre de 2020.
*ARTÍCULOS 21° Y 22°: OFICIALIZACIÓN DE LISTAS Y CANDIDATOS Y SORTEO DEL NÚMERO DE CADA LISTA, Viernes 20 de Noviembre de 2020.
*ARTÍCULO 23°: VENCIMIENTO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE MODELOS DE BOLETAS. Martes 1° de Diciembre de 2020 a las 12 horas.
*ARTÍCULO 24°: APROBACIÓN DE BOLETAS. Miércoles 2 de diciembre 2020.
*ARTÍCULO 25° VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA ENTREGA DE BOLETAS PARA SER INCORPORADAS A LAS URNAS. Miércoles 9 de diciembre de 2020.
*SEGÚN RESOLUCIÓN: ACTO ELECTORAL DOMINGO 20 DE DICIEMBRE DE 2020