EN DICIEMBRE DE 2023 ERA DEL 6,18%
El ajuste producido por el gobierno nacional en la economía afecta a todos los sectores de ingresos fijos, entre los cuales los más vulnerables son los Jubilados y fundamentalmente los que perciben el Haber Mínimo, estimados en mas de 5 millones de Adultos Mayores.
Entre diciembre 2023 y mayo de 2025, el Haber Jubilatorio mínimo tuvo un incremento porcentual del 180,46%; en diciembre 2023 fue de $ 105.712,61y en mayo de 2025 es de $ 296.481,74

A su vez las Tarifas de los Servicios Públicos tuvieron un incremento de acuerdo a datos del INDEC, del 430% en 2024 y del 7,2% en los primeros 3 meses de 2025.
Para la elaboración del presente informe se tomó en cuenta el Haber Mínimo Jubilatorio de los periodos citados, las tarifas de energía eléctrica (área Edenor) de gas natural (área Naturgy), para los usuarios del NIVEL 2 de la Segmentación Tarifaria ( Decreto 332/2022 ) que son los de menores ingresos y del servicio de saneamiento de AYSA, para los usuarios de los Zonales Bajos.
Se tomaron en cuenta los consumos mínimos de energía eléctrica ( 150 kwh. mensuales ) de gas natural ( 45 m3 mensuales ) y la Factura mínima de AYSA para los Usuarios de los Zonales Bajos.

Para determinar el valor de la factura, sin impuestos, se toman el valor del Cargo Variable , kilovatio en energía eléctrica, y el metro cúbico en gas natural ; se multiplican por el consumo y se le suman los Cargos Fijos correspondientes a cada servicio.
De acuerdo al informe un Jubilado con Haber Mínimo y un consumo también mínimo gasta hoy el 13,5 % de su ingreso en pagar los 3 Servicios Públicos esenciales. En diciembre de 2023, ese gasto fue del 6,18%.

POBREZA ENERGETICA
Cuando el gasto en Servicios Públicos supera el 10% del ingreso se estima que hay POBREZA ENERGÉTICA. El Decreto 465/2024, suscripto por el presidente Javier Milei, menciona la vulnerabilidad del usuario cuando el gasto supera el 10% de sus ingresos.
Decreto 465/2024
Boletin Oficial 27/05/2024
“ Que mediante un esquema de subsidios focalizados como el de la Canasta Básica Energética (CBE), el ESTADO NACIONAL garantizará el acceso a la
energía a los hogares en condiciones de vulnerabilidad, considerando su situación geográfica, los recursos energéticos disponibles, el grupo conviviente y el impacto en sus ingresos totales, teniendo en cuenta que un usuario o grupo conviviente se considera vulnerable cuando sus costos indispensables de energía superan el DIEZ POR CIENTO (10%) de sus ingresos totales, aunque este parámetro internacional puede bajarse y ajustarse progresivamente a las necesidades del contexto nacional y al nivel de ingresos del hogar.”
