Luego de varias semanas de debate y reuniones en distintos ámbitos de poder en la provincia de Buenos Aires, la Legislatura bonaerense modificó en la sesión del martes 28, la ley de la reelección de los intendentes. A partir de ahora, se tomará como primer periodo de los jefes comunales el que comenzó en 2019. De esta manera, quedaron habilitados todos los y las intendentas para presentarse a ser reelectos en 2023.
APROBADA POR 36 VOTOS EN EL SENADO Y 68 A FAVOR EN DIPUTADOS
La Cámara de Senadores fue la que le dio media sanción a la modificación de la Ley de la reelección de los intendentes. Trató los proyectos de Juan Pablo Allan y Joaquín de la Torre (Juntos), y de Gabriela Demaría (Frente de Todos) que proponían la modificación a la ley de las reelecciones y, con se dio por 36 votos a favor, 8 en contra, una abstención y una ausencia.
En la Cámara baja provincial para tratar el proyecto se necesitaban los dos tercios. Por 68 votos positivos y 24 negativos de los 92 legisladores presentes, la media sanción se trató y se convirtió en ley por mayoría simple, es decir la mitad más uno. En ambas Cámaras, el Frente Renovador y legisladores que responden a Vidal no acompañaron.

ARGUMENTOS DE LA OPOSICIÓN
A la hora de comenzar con la discusión, el senador Juan Pablo Allan detalló que “este proyecto tiene como objetivo mejorar una ley”, ya que “la Ley ha demostrado en la práctica una deficiencia en una parte del texto de la ley combinado con el decreto de su reglamentación”.
“Ahora dos mandatos no son 8 años son 6 años. Por ejemplo, quien asumió en 2015 y haya sido reelegido en 2019, y haya tomado licencia o renunciado en 2021, ese mandato no cuenta como tal y se puede presentar en 2023. La ley tiene que ser mejorada y esto es un cerrojo a la ley”.
Dentro de Juntos, el senador Owen Fernández votó en contra y argumentó que “con la ley habíamos cortado un camino de eternidad dentro del poder. Esto es un retroceso en la credibilidad política”. Su par Walter Lanaro también votó en contra y fue sumamente crítico con su bloque: “Que 20 hayan encontrado la forma de gambetear la ley no puede habilitar a otros 80 a una reelección. No podemos dar marcha atrás; vergüenza nos tendría que dar lo que estamos haciendo”.
“SERÁ LA VOLUNTAD DEL PUEBLO EL QUE LOS CAMBIE O NO”
Finalmente, desde el Frente de Todos, Gustavo Soos remarcó que “hubo planteos judiciales y seguramente, si continuábamos con esta ley se iban a seguir sucediendo». Y marcó: «Las leyes tienen que ser autosuficientes”. En la misma línea, la presidenta del bloque oficialista, Teresa García señaló que “mal hacemos con exaltarnos con temas que se ponen de moda. No quiero que quede en el aire que había dos posturas con esta ley porque no es así”. En ese sentido, finalizó: “Creemos en la voluntad del pueblo para cambiar o no a quienes los gobiernan”.
LA VOTACIÓN EN DIPUTADOS
En la Cámara baja provincial, para poder tratar la media sanción se necesitaron los dos tercios de los presentes. Por 68 votos positivos y 24 negativos de los 92 legisladores presentes, la media sanción se trató y se convirtió en ley por mayoría simple, es decir la mitad más uno. El Frente Renovador y diputados y diputadas del espacio de María Eugenia Vidal votaron en contra.
EL PROYECTO DE LEY
La Ley Orgánica de las Municipalidades tendrá modificado el artículo 3 que determinará que “el Intendente y los concejales serán elegidos directamente por el pueblo, durarán en sus funciones el término de 4 años y podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos ni ocupar el mismo cargo, sino con intervalo de un período. Quedan comprendidos en la prohibición todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo periodo sin importar que el mismo se haya sido ejercido total o parcialmente. El Concejo se renovará por mitades cada 2 años”.
El artículo 7°, cuestionado y en el eje de la discusión quedará de la siguiente manera: “Los mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017, 2019 y 2021 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley”.

CAMBIOS EN LA LEY DE EDUCACIÓN
También se modificará la Ley N° 13688 – Ley de Educación- que quedará redactado: “Los consejeros escolares duran 4 años en sus funciones renovándose por mitades cada 2 años y podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período. Quedan comprendidos en la prohibición todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo periodo sin importar que el mismo se haya sido ejercido total o parcialmente.
Habrá además un número de Consejeros Escolares suplentes igual al de titulares. El número de Consejeros Escolares por Distrito varía de 4 a 10, de acuerdo a la cantidad de Establecimientos Educativos Públicos existentes de acuerdo a la siguiente escala: hasta 60 Establecimientos Educativos 4 Consejeros; desde 61 hasta 200 Establecimientos Educativos con 6 consejeros.; desde 201 hasta 350 Establecimientos Educativos con 8 consejeros, y desde 351 Establecimientos Educativos con 10 consejeros”.
LOS CAMBIOS PARA LOS LEGISLADORES
Con los y las legisladoras también habrá cambios. Se incorporará el artículo 13 bis a la Ley N° 5109 y será: “Los Diputados y Senadores podrán ser reelectos por un nuevo período. Si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período. Quedan comprendidos en la prohibición todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo periodo sin importar que el mismo se haya sido ejercido total o parcialmente”
Fuente: EL DESTAPE